El Comité de Seguridad y Salud de la Universidad de Córdoba (CSS-UCO) es el órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la UCO en materia de prevención de riesgos laborales.

Su creación se enmarca dentro de una política en materia de prevención de riesgos laborales que va dirigida a la promoción de las condiciones de trabajo para elevar el nivel de protección de la salud y seguridad de los trabajadores/as de la UCO.

Su composición, naturaleza y funciones son las previstas en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.

Regulación y normativa

Reglamento de funcionamiento del CSS-UCO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 38 la Ley 31/95, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales, la Universidad de Córdoba tiene constituido un Comité de Seguridad y Salud Laboral, integrado por miembros designados por el Rector y miembros designados por las organizaciones sindicales, que serán a su vez, Delegados de Prevención.

La composición, competencias, facultades y régimen de funcionamiento interno se establecen en el
Reglamento de funcionamiento del CSS-UCO, que a modo de resumen se especifican las siguientes:


Artículo 2. Composición

Estará constituido por doce miembros de forma paritaria entre los designados por el Rector y los elegidos entre los representantes de los trabajadores.

Artículo 6. Competencias y facultades 

1.- COMPETENCIAS:

a) Conocer directamente la situación relativa a la prevención de riesgos en el centro de trabajo, realizando a tal efecto las visitas que estime oportunas.

b) Conocer cuantos documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como los procedentes de la actividad del Servicio de Prevención de Riesgos y Formación.

c) Conocer y analizar los daños producidos en la salud o en la integridad física de los trabajadores al objeto de valorar sus causas y proponer las medidas preventivas oportunas.

d) Conocer e informar la memoria y programación anual del Servicio de Prevención de Riesgos y Formación.

2.- FACULTADES:

a) Participar en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de los planes y programas de prevención de riesgos en la UCO.

b) promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para la efectiva prevención de los riesgos, proponiendo a la empresa la mejora de las condiciones o la corrección de las deficiencias existentes.

Artículo 12. Régimen de funcionamiento

El CSS-UCO se reunirá en sesión ordinaria con carácter trimestral. De cada sesión se levantará el acta correspondiente, que será enviada a los miembros del comité en el plazo máximo de un mes. También podrá reunirse en sesiones extraordinarias, siempre que lo convoque su Presidente, por iniciativa propia o a petición fundada de al menos dos de sus miembros, con una antelación mínima de setenta y dos horas.